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DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13844
19 de diciembre, 2008
DCA-4237
Licenciado
Walter Anderson Salomons
Proveedor Administración Portuaria
Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA)
Fax: 2758-2803
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato para la adquisición de dos apiladores de contenedores reachstaker, celebrado entre JAPDEVA y la empresa Tractomotriz S. A., por un monto total de $1.467.863,20, según Licitación Pública N° 2007LN-000004-01.
Se da respuesta a su oficio N° PPL-424-2008 del 14 de agosto de 2008 y recibido en este Despacho el 18 de noviembre pasado, mediante el cual solicita el refrendo al contrato suscrito entre JAPDEVA y la empresa Tractomotriz S. A., generado según Licitación Pública N° 2007LN-000004-01, cuyo objeto es la adquisición de dos apiladores de contenedores reachstaker, por un monto total de $1.467.863,20.
Una vez analizada la citada contratación, así como los antecedentes aportados y con fundamento en la resolución de adjudicación acordada por el Concejo de Administración en sesión ordinaria N° 29-2008 del 21 de agosto de 2008 (folio 223 del expediente administrativo), esta División imparte el refrendo solicitado al contrato antes referido.
No obstante lo anterior, este Despacho se permite advertir que es de exclusiva responsabilidad de esa Administración, haber verificado el cumplimiento de todos y cada uno de los aspectos técnicos de esta contratación; la razonabilidad del precio adjudicado; así como verificación del contenido presupuestario suficiente para hacer frente a la obligación de conformidad con lo indicado en las certificaciones N° 32-2008 y 52-2008, suscritas por el señor Felipe García Rojas, jefe de Presupuesto.
En otro orden de cosas, se pide verificar, de previo y durante la ejecución del contrato, que el contratista se encuentra al día con las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
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Fecha publicación: 22/12/2008
Fecha emisión: 19/12/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
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Sr. José E. Vargas M. 1 de diciembre, 2008
Al contestar refiérase
al oficio No. 12804
1 de diciembre, 2008
FOE-SM-2310
Señor
José Eladio Vargas Monge
Presidente, Junta Directiva
ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
DE LIMONCITO, SECTOR SABANILLAS
Salón Multiuso de Sabanillas de Limoncito
COTO BRUS, PUNTARENAS.
Estimado señor:
Asunto:
Se otorga la calificación de idoneidad a la Asociación de Productores Agropecuarios de Limoncito, Sector Sabanillas.
La Contraloría General de la República recibió el 7 de noviembre del año en curso, el oficio Nro. DEJ-O-360-2008 y la documentación que lo acompaña, el cual contiene la recomendación favorable emitida por la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas (JUDESUR), con el fin de que a esa organización no gubernamental se le otorgue la calificación de idoneidad para administrar fondos públicos.
Una vez realizado el análisis correspondiente a esa gestión, la Contraloría General resuelve conceder la calificación de sujeto idóneo para administrar fondos públicos a la Asociación de Productores Agropecuarios de Limoncito, Sector Sabanillas, cédula jurídica Nro. 3-002-294402.
La vigencia de esta calificación de idoneidad será de dos años, contados a partir de la fecha del presente oficio, para esos efectos deberán mantenerse las situaciones técnico jurídicas bajo las cuales la administración concedente otorgó su dictamen favorable para la calificación de idoneidad, en observancia de lo establecido en el inciso 8.2 del artículo 8º del Reglamento sobre la calificación de sujetos privados idóneos para administrar fondos públicos, publicado en La Gaceta Nro. 91 del 12 de mayo de 2005, reformado mediante publica ...
Fecha publicación: 16/12/2008
Fecha emisión: 01/12/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CALIFICACION DE IDONEIDAD
Proceso: CALIFICACION DE IDONEIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Municipales
Sr. Víctor Picado Mora
-3-
1 de diciembre, 2008
Al contestar refiérase
al oficio No. 12766
1 de diciembre, 2008
FOE-SM-2306
Señor
Víctor Picado Mora
Presidente, Junta Directiva
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
DE BIOLLEY DE BUENOS AIRES
Salón Comunal de Colorado de Biolley, Contiguo al EBAIS
BUENOS AIRES, PUNTARENAS.
Estimado señor:
Asunto:
Se otorga la calificación de idoneidad a la Asociación de Desarrollo Integral de Biolley de Buenos Aires.
La Contraloría General de la República recibió el 7 de noviembre del año en curso, el oficio Nro. DEJ-O-361-2008 y la documentación que lo acompaña, el cual contiene la recomendación favorable emitida por la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la Provincia de Puntarenas (JUDESUR), con el fin de que a esa organización no gubernamental se le otorgue la calificación de idoneidad para administrar fondos públicos.
Una vez realizado el análisis correspondiente a esa gestión, la Contraloría General resuelve conceder la calificación de sujeto idóneo para administrar fondos públicos a la Asociación de Desarrollo Integral de Biolley de Buenos Aires, cédula jurídica Nro. 3-002-066839.
La vigencia de esta calificación de idoneidad será de dos años, contados a partir de la fecha del presente oficio, para esos efectos deberán mantenerse las situaciones técnico jurídicas bajo las cuales la administración concedente otorgó su dictamen favorable para la calificación de idoneidad, en observancia de lo establecido en el inciso 8.2 del artículo 8º del Reglamento sobre la calificación de sujetos privados idóneos para administrar fondos públicos, publicado en La Gaceta Nro. 91 del 12 de mayo de 2005, reformado mediante publicación en La Gaceta Nro. 76 del 21 de abril de 2008.
En relación con lo anterior, este órgano co ...
Fecha publicación: 16/12/2008
Fecha emisión: 01/12/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CALIFICACION DE IDONEIDAD
Proceso: CALIFICACION DE IDONEIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios de Obras Públicas y Transporte
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de fiscalización Servicios de Obras Públicas y Transporte
FOE-OP-594
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28 de noviembre, 2008
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12926
28 de noviembre, 2008
FOE-OP-594
Señora
María Eugenia Flores Sibaja
Secretaria Consejo de Administración
Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
(Japdeva)
Estimada señora:
Asunto:
Remisión del Informe Nro. DFOE-OP-14-2008 sobre los resultados del estudio del Presupuesto Ordinario para el año 2009 de la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, el cual se aprueba por el monto de ¢39.109.481,0 miles.
Con el propósito de que el presente oficio sea puesto en conocimiento de los señores miembros del Consejo de Administración de JAPDEVA, en la sesión de dicho órgano colegiado inmediata posterior a la fecha de recepción de este documento, me permito remitirle el informe Nro. DFOE-OP-14-2008, preparado en la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan aspectos referentes a la aprobación del presupuesto ordinario para el período 2009, de esa institución.
Con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 175 y 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de su Ley Orgánica, Nro. 7428, y otras leyes conexas, se analizó el Presupuesto Ordinario y su correspondiente Plan Operativo Institucional para el ejercicio económico de 2009 presentado por la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA).
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista el Plan Operativo Institucional (POI) y el Presupuesto, que fueron aprobados por el Con ...
Fecha publicación: 12/12/2008
Fecha emisión: 28/11/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13034
05 de diciembre, 2008
DCA-3984
Master
Francisco J. Jiménez Reyes
Presidente Ejecutivo
Junta Administrativa Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
Estimado señor:
Asunto: Se deniega autorización para comprar en forma directa la adquisición de un terreno, por la suma de ¢10.000.000,00 para la construcción de un EBAIS, en el distrito Río Blanco del cantón de Limón.
Nos referimos a su oficio P. E.300-2008 del 18 de noviembre de 2008, mediante el cual solicita autorización para la compra de un inmueble ubicado en la provincia de Limón, distrito Río Blanco, caserío Liverpool, inscrito en el Folio Real 70110009-000 y propiedad de la señora Blanca Nieves Hernández Brenes, con el fin de construir un Ebais en el distrito Río Blanco, necesario para la comunidad de Liverpool.
Fundamenta su gestión en lo que disponen los numerales 71 de la Ley de Contratación Administrativa; el inciso j) del artículo 131 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 2 de la Ley Orgánica de JAPDEVA.
I. Justificación de la solicitud:
En la solicitud de autorización de contratación directa para la compra de un terreno, ubicado en la provincia de Limón, distrito Río Blanco, caserío Liverpool, del cementerio 10 metros suroeste a mano izquierda, plano catastrado No. L-782070-2002, inscrito en el Folio Real 70110009-000, se exponen los motivos siguientes:
a) Señala que a tenor de lo que contempla el artículo 2 de la Ley Orgánica de Japdeva, donde le confiere promover el desarrollo socio-económico integral, rápido y eficiente de la Vertiente Atlántica, gestiona la presente autorización, con la finalidad que se autorice comprar directamente un bien inmueble, a efecto que se construya un EBAIS para la población de Liverpool, tal como lo solicita el Director Médico del Área de Salud de Limón en oficio ASL-626-11-07 del 13 de noviembre del 2007 (vid folio 00004 del expedien ...
Fecha publicación: 09/12/2008
Fecha emisión: 05/12/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12975
03 de diciembre, 2008
DCA-3953
Master
Francisco José Jiménez Reyes
Presidente Ejecutivo
Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
Asunto: Se deniega autorización para llevar a cabo una contratación directa para la compra de un inmueble para la construcción de área de salud en la comunidad de Cariari.
Damos respuesta a su oficio N°P.E.294-2008 del 18 de noviembre de 2008, mediante el cual solicita autorización para adquirir, a través de una contratación directa, la compra de un terreno para la construcción de un área de salud en la comunidad de Cariari, Pococí, provincia de Limón.
I.- Antecedentes:
Dentro de los motivos que se expone en sustento de la solicitud, se señalan los siguientes:
1- La necesidad se debe a la insuficiente cobertura y deficiencia en la calidad de servicios en las clínicas de la zona, donde se encuentran saturados los servicios de laboratorio, emergencias y especialidades.
2- Aumento de la población, aproximadamente 61.000 habitantes residentes.
3- El inmueble será adquirido e inscrito a nombre de esa administración y se trasladará posteriormente a través de un convenio por negociar a la Caja Costarricense de Seguro Social. Con posterioridad se promoverá un proyecto de ley a fin de que se autorice la donación del inmueble a la Caja.
II.-Criterio del Despacho:
Sobre el particular, hemos sido claros en reiterar que el artículo 71 de la Ley de Contratación Administrativa exceptúa el procedimiento de licitación pública para adquirir bienes inmuebles, previa autorización nuestra, cuando se demuestre, fehacientemente, que el terreno que interesa, por su naturaleza, condición y situación es el único para la finalidad propuesta y para el caso particular, no se ha demostrado que el terreno de mérito cumpla con esas condiciones particulares que prevé la normativa.
De ese modo, con las condiciones actuales del terr ...
Fecha publicación: 07/12/2008
Fecha emisión: 03/12/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11925
11 de noviembre de 2008
DAGJ-1503-2008
MS.c Franciso J. Jiménez Reyes
Presidente Ejecutivo
JAPDEVA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de dictamen favorable del artículo 155 de la Ley General de la Administración Pública, procedimiento instaurado para revocar parcialmente la acción de personal n° 5233-08, mediante la cual le fue otorgado el plus de disponibilidad laboral al Jefe de mercadeo de JAPDEVA.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, damos respuesta a su oficio P.E 260-2008 de fecha 23 de octubre de 2008, recibido en esta Contraloría General el 27 de octubre del mismo año, mediante el cual solicita el dictamen previo favorable dispuesto en el numeral 155 de la Ley General de la Administración Pública, con el fin de revocar parcialmente la acción de personal n° 5233-8, por medio del cual le fue otorgado el plus de disponibilidad laboral al Jefe de Mercadeo de JAPDEVA y encargado de servicio al cliente.
Antes de entrar a conocer el caso presentado, es necesario hacer una serie de distinciones entre los institutos jurídicos consagrados en los numerales del 155, 173 y 183 de la Ley General de la Administración Pública
I. Sobre el artículo 155 de la Ley General de la Administración Pública
El artículo 152 de la Ley General de la Administración Pública, autoriza a las administraciones a revocar por razones de oportunidad y conveniencia los actos administrativos que emita, al respecto don Eduardo Ortiz Ortiz, en la discusión que se dio en la Comisión Legislativa de la Ley General de la Administración Pública, señalaba:
"Es lo que llaman de la revocación del acto, que consiste en el retiro de un acto regular acomodado a derecho, pero que llega a ser inconveniente después de haber sido dictado, porque hechos nuevos o errores de juicio inicial al dictarlos producen un desajuste progresivo. (...) Nosotros restringimos la posibilidad de revocar que es muy imp ...
Fecha publicación: 14/11/2008
Fecha emisión: 10/11/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: DICTAMEN DE NULIDAD Y REVOCACION (ART. 155 Y 173 LGAP)
Tesauro: Proceso de Lesividad , Nulidad Absoluta Evidente y Manifiesta
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11771
06 de noviembre, 2008
DCA-3573
Señor
Roberto Soto Salazar
Departamento Legal
Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
Contiguo al Banco de Costa Rica ubicado en el Parque Vargas, San José
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite alguno por no requerirlo la solicitud de refrendo al “Convenio Específico de Cooperación Técnica”, celebrado entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica y la Universidad de Costa Rica.
Damos respuesta a su Oficio N° AL-317-2008SJ de 17 de octubre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo al “Convenio Específico de Cooperación Técnica”, celebrado entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica y la Universidad de Costa Rica.
Sobre el particular le indicamos que conforme lo dispone el numeral 3 incisos 6) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sólo requerirán de refrendo contralor los contratos o convenios celebrados entre dos o más entes, empresas u órganos públicos, en el tanto tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo de alianza estratégica, siendo que los demás contratos o convenios interadministrativos no estarán sujetos a dicho trámite.
Como en la especie el Convenio Específico de Cooperación Técnica no ostenta la naturaleza propia de los acuerdos de voluntades a que se refiere la norma de comentario, dicho convenio no estará sujeto al refrendo contralor, correspondiéndole a las propias Administraciones verificar la legalidad del negocio.
Atentamente,
German Brenes Roselló
Elías Delgado Aiza
Gerente A ...
Fecha publicación: 07/11/2008
Fecha emisión: 06/11/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11647
04 de noviembre, 2008
DCA-3532
Señor
Francisco J. Jiménez Reyes
Presidente Ejecutivo
Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica
Asunto: Se autoriza contratar directamente con la empresa Dragados Hidráulicos S.A. el dragado de mantenimiento para el Complejo Portuario de Limón y Moín por un monto máximo de $4.541.875,00.
Estimado señor:
Nos referimos a su oficio No. PEL-288-08 del 26 de setiembre de 2008, mediante el cual solicita autorización para contratar en forma directa con la empresa Dragados Hidráulicos S.A. el dragado de mantenimiento para el Complejo Portuario de Limón y Moín.
I.- Justificación de la solicitud
Solicita esa Administración que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2 bis de la Ley de Contratación Administrativa y 138 de su Reglamento se autorice a contratar en forma directa el Dragado de mantenimiento del Complejo Portuario Limón – Moín con la empresa Dragados Hidráulicos S.A. por un monto máximo de $4.541.875,00.
Señala JAPDEVA que en atención a oficio N° 15436 de esta División de Contratación, se inició un procedimiento de contratación directa concursada, en la cual se invitó a la empresas que participaron en la Licitación Pública N° 9-0206-2005 referente al Dragado de Mantenimiento y Rehabilitación en el Muelle Petrolero del Complejo Portuario de Moín, promovido por RECOPE, la cual fue declarada infructuosa mediante Acuerdo N° 24-2008 de la Comisión de Licitaciones, Sesión Ordinaria N° 05-2008 de mayo del año en curso.
Con base en lo expuesto, señala esa Administración la urgente necesidad de realizar el dragado de mantenimiento, por lo que evidencia la decisión de procurar una negociación con la empresa Dragados Hidráulicos S.A. (adjudicada por RECOPE), considerando que no hubo participación de oferentes debido a el escaso volumen a dragar y el alto costo de movilización del equipo ...
Fecha publicación: 07/11/2008
Fecha emisión: 04/11/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 10867
17 de octubre, 2008
DCA-3310
Master
Francisco Jiménez Reyes
Presidente Ejecutivo
Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo
Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA)
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza a JAPDEVA el procedimiento de contratación directa concursada para la adquisición de un tractor de oruga, por un monto de ¢185.230.000,00 con fundamento en el artículo 2 bis inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 138 de su Reglamento.
Damos respuesta a su oficio P.E.236-2008 del 08 de octubre del presente año, recibido en esta Contraloría General al día siguiente, mediante el cual solicita nuestra autorización para adquirir un tractor de oruga, por medio de un procedimiento de contratación directa concursada, por un monto de ¢185.000.000,00.
I. JUSTIFICACIÓN DE SU SOLICITUD.
JAPDEVA, fundamenta su necesidad de realizar de forma excepcional un procedimiento de contratación directa en los siguientes hechos:
1) Que la Administración de Desarrollo incorporó dentro de sus objetivos para el año 2008, la adquisición de un tractor de oruga, para integrarlo a la brigada de equipo que dará respuesta a las necesidades de construcción y mejoramiento de caminos en la región y particularmente en las zonas indígenas.
2) Que dicha Junta a través de las acciones estratégicas ligadas a cumplir las metas del sector social y la lucha contra la pobreza, contenido en el Capítulo 2 “Eje de Política Social” del Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, planificó la promoción del programa denominado “Un puente un camino en los territorios indígenas ubicados dentro de la Provincia de Limón”, cuyo objetivo es mejorar y construir vías de acceso a territorios indígenas de la provincia de Limón, procurando mejorar la calidad de vida de esos pueblos indígenas.
3) Que con la premisa expuesta precedentemente, dicha Junta suscribió sendos acuerdos de cooperación co ...
Fecha publicación: 20/10/2008
Fecha emisión: 17/10/2008
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA